INFORMA_RGPD

La Agencia Española de Protección de Datos, AEPD, ha puesto en marcha el servicio INFORMA_RGPD, que pretende servir de canal a través del cual los responsables y encargados de tratamiento o los delegados de protección de datos planteen las dudas y cuestiones que les puedan surgir en la aplicación del Reglamento General. Según expresa la AEPD, la finalidad no es otra que prestar soporte en aquellas dudas y cuestiones que puedan derivarse de la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018. Antes de presentar una cuestión a través de este canal, se recomienda la lectura del site de la AEPD dedicado al RGPD dónde se puede encontrar diversa documentación, incluyendo varias Guías sobre determinados aspectos de la citada norma.

Podrán plantear las citadas dudas y cuestiones utilizando este canal los responsables y encargados de tratamientos, a través de la persona que ostente la correspondiente responsabilidad en los mismos. Si han nombrado un delegado de protección de datos, ya sea obligatorio o facultativo, será éste quien las plantee. Igualmente, las Administraciones Públicas, a través de sus correspondientes delegados de protección de datos. En aquellos supuestos en que sea obligatorio el nombramiento de un delegado de protección de datos, con carácter previo a acudir a este canal, deben haber comunicado dicho nombramiento a la AEPD. Los nombramientos facultativos también deben ser comunicados. Asimismo, podrán dirigir sus consultas a través de este canal los responsables de protección de datos de las asociaciones y organizaciones representantes de categorías de responsables y encargados del tratamiento.

Las consultas se pueden realizar a través de la Sede electrónica, que se atenderán en consideración a su contenido y repercusión, atendiendo al previsible número de consultas que se recibirán así como a razones de eficiencia y optimización de recursos. Quién realice la consulta debe identificarse adecuadamente y facilitar toda la información sobre la cuestión planteada. Finalmente, el canal no atenderá: aquellas cuestiones que sean planteadas desde un punto de vista hipotético ni las que pudiesen estar relacionadas con procedimientos que esté tramitando la AEPD; validación de documentos elaborados por responsables y encargados, puesto que no es función de esta AEPD revisar si los mismos se adecúan al RGPD; solicitudes sobre el estado de tramitación de expedientes, Y Peticiones de acceso a la información pública;  aquellas consultas que se hayan realizado por el Canal del Ciudadano y no por INFORMA_RGPD (Fuente de la información: AEPD. Fuente de la imagen: pixabay).